Gestión Tributaria

Con relación a los impuestos de cobro periódico más significativos: Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Impuesto sobre Actividades Económicas e Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, así como las liquidaciones de la totalidad de los tributos y tasas municipales, la asistencia técnica se concreta fundamentalmente las siguientes funciones:

  • Formación del padrón o matrícula en cada tributo y tramitación de altas, bajas y modificaciones.
  • Liquidación de la deuda tributaria, periódica o no.
  • Concesión y denegación de exenciones y bonificaciones.
  • Emisión de documentos cobratorios, incluidos los de ingreso directo.
  • Tramitación y resolución de expedientes de devolución de ingresos indebidos.
  • Tramitación y resolución de recursos interpuestos contra actos de gestión.
  • Asistencia e información al contribuyente.

Los padrones fiscales anuales de los impuestos, se remiten al Ayuntamiento para su aprobación y publicación.

Respecto a las liquidaciones por ingreso directo de estos tributos de cobro periódico, se practican siempre que:

  • Por primera vez haya ocurrido el hecho o acto que origina la obligación de contribuir.
  • Se conozca por primera vez la existencia del hecho imponible a través de los Servicios de Gestión Catastral, oficinas liquidadoras o registros, habiéndose devengado con anterioridad los tributos.
  • Se produzcan modificaciones de los elementos esenciales de los tributos.